Para todas las industrias:
A través del Diario Oficial de la Federación se dio a conocer el acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la SEMARNAT, mediante el cual se ha reformado el artículo noveno del Acuerdo original en el que se establece la obligación de las empresas IMMEX que realicen la importación temporal de productos, equipos, maquinarias o cualquier otro insumo para ser remanufacturados, reciclados, reprocesados y/o para producir mercancías de exportación, de presentar ante la Secretaría, así como ante PROFEPA (en su caso), avisos de importación temporal, de retorno o de reciclaje de residuos peligrosos.
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