Cuotas Compensatorias



Se les comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior, que el pasado 22 de diciembre de 2018, entró en vigor el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, dentro de las reformas contenidas en el citado Decreto, se ubica la modificación al artículo 52 de dicha Ley.

Por lo anterior, tratándose de mercancías de procedencia extranjera sujetas a cuotas compensatorias que se destinen a los regímenes aduaneros, Temporales de Importación, Depósito Fiscal, para su elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y/o Recinto fiscalizado estratégico, únicamente se determinan las referidas cuotas, por lo que en tanto se modifica el Apéndice 13 del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, se deberá utilizar como forma de pago, la clave “6” correspondiente a Pendiente de Pago.

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Fuente: SHCP/ SAT 3.01.19
Publicado por Grupo Ei on Jan 11, 2019 1:07:18 PM
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