De acuerdo al artículo 36A de la Ley Aduanera también es obligatorio la declaración de información en COVE de:
- Datos de valor de la mercancía y los demás datos relacionados a su comercialización.
- Información relacionada con la descripción de la mercancía e identificación individual (marca, modelo y serie).
En caso de omitir algún dato antes mencionado, podrían generarse infracciones mencionadas en el artículo 184-A de la ley por transmitir información incompleta o datos inexactos.
Siendo las multas aplicables de $22,900.00 a $38,180.00, según el art. 184-B de la ley aduanera.