Es el documento que da constancia y legalidad a la constitución de una sociedad al momento de crear una empresa. También se le conoce como Contrato Social.
Es el documento donde se plasman las decisiones que toman los socios sobre la empresa, modifica el funcionamiento o condiciones plasmadas en el Acta Constitutiva acordes a nuevas condiciones de la empresa.
Cuando te conviertes en cliente de Grupo ei y cuentas con ambas actas, te pediremos compartir solamente el Acta Constitutiva.
Existen dos tipos de actas:
Para corroborar que la empresa se encuentra legalmente establecida en el país, verificar los poderes del Representante Legal, su nombre y RFC; además porque aquí se determinan:
Al inicio del Alta, y compartir en caso de que sufra algún tipo de modificación o actualización.
Número de Escritura | Deberá coincidir con la Carta Encomienda |
Nombre de la Empresa | Con la Carta encomienda, Comprobante de Domicilio y con la Constancia de Situación Fiscal (CSF) |
Vigencia | Por más de 1 año |
Poder Notarial | Si ya viene en el acta, que indique poder general o administrativo y deberá coincidir con la Carta Encomienda |
Número de la Notaria | |
Nombre del Licenciado (a) | Que avala el Acta |
Inscripción en el Registro Público de Comercio | Deberá incluir el Boletín con el Folio Mercantil Electrónico en la Escritura |
Mediante un Notario Público. LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.
Te invitamos a conocer más de los servicios de Grupo Ei, y a que sepas cómo podemos ayudarte a simplificar tus operaciones de comercio exterior.