Uno de los principales errores del operador logístico internacional (también conocido como PL) es que suele cometer omisiones en el llenado de pedimento de importación de la mercancía o suele olvidar anexar los documentos electrónicos esenciales en este procedimiento, por ello te presentamos las reglas básicas para su llenado.
¿Qué es el pedimento de importación?
El pedimento de importación es el documento en el que se registra la información perteneciente a la mercancía que se pretende importar. Sirve para dar a conocer a las autoridades correspondientes la existencia de dicha mercancía, lo que se pretende hacer con ella y el cumplimiento en el pago de aranceles y/o permisos aduanales necesarios.
Estos son diferentes bloques que pueden conformar un pedimento y la forma en que deben ser impresos. Es importante recordar que cuando el espacio especificado en un campo no sea suficiente, éste se podrá ampliar agregando tantos renglones como se requieran.
Reglas de llenado e impresión
- La impresión deberá realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra serán como se indica a continuación:
El formato de impresión para todas las fechas será DD/MM/AAAA:
- DD es el día a dos posiciones. Dependiendo del mes que se trate, puede ser de 01 a 31.
- MM es el número de mes (01 a 12).
- AAAA es el año a cuatro posiciones.
- El encabezado principal deberá asentarse en la primera página de todo pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las certificaciones de banco y selección automatizada.
- El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.
- El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las hojas del pedimento.
En todos los tantos deberán aparecer el RFC, CURP y nombre del agente aduanal, apoderado aduanal o apoderado de almacén.
Cuando el pedimento lleve la e.firma del mandatario, deberán aparecer su RFC y nombre después de los del agente aduanal.
El agente o apoderado aduanal que utilice el servicio de PECA deberá imprimir la certificación bancaria en el campo correspondiente del pedimento o en el documento oficial, conforme al Apéndice 20 “Certificación de Pago Electrónico Centralizado” del Anexo 22.
El importador/exportador podrá solicitar la certificación de la información transmitida al SAAI por el agente o apoderado aduanal en el momento de la elaboración del pedimento en la ACIA.
NOTA: cuando el pedimento lleve la e.firma del agente aduanal, no se deberán imprimir los datos del mandatario; tratándose de la leyenda de PECA, ésta se deberá imprimir en el Pie de Página del pedimento, únicamente en la primera hoja.
- Con el fin de identificar la conclusión de la impresión del pedimento, en la última página, se deberá imprimir la siguiente leyenda, inmediatamente después del último bloque de información que se haya impreso.
- Se deberán imprimir los números de acuse de valor generados con la transmisión a que se refiere el artículo 59-A de la Ley y la regla 1.9.18., que contiene la información de las facturas o documentos que expresen el valor de las mercancías que ampara el pedimento.
- Datos del transporte y transportista.
- Candados.
- Guías, manifiestos o conocimientos de embarque.
- Contenedores/carro de ferrocarril/numero económico del vehículo.
- Identificadores (nivel pedimento).
- Cuentas aduaneras y cuentas aduaneras de garantía a nivel pedimento.
- Descargas
- Compensaciones
- Documentos que amparan las formas de pago: fianza, cargo a partida presupuestal gobierno federal, certificados especiales de tesorería.
- El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar el Agente, Apoderado Aduanal o de Almacén conveniente manifestar alguna observación relacionada con el pedimento.
- En la primera página que se imprima información de las partidas que ampara el pedimento, así como en las páginas subsecuentes que contengan información de partidas, se deberá imprimir el siguiente encabezado, ya sea inmediatamente después de los bloques de información general del pedimento o inmediatamente después del encabezado de las páginas subsecuentes.
Para cada una de las partidas del pedimento se deberán declarar los datos que a continuación se mencionan, conforme a la posición en que se encuentran en este encabezado.
- El renglón correspondiente a “Marca”, “Modelo” y “Código del Producto” únicamente tendrá que ser impreso cuando esta información haya sido transmitida electrónicamente.
Documentos electrónicos anexos al pedimento de importación
El pedimento de exportación debe ser acompañado de:
- Factura o cualquier documento que exprese claramente el valor comercial de las mercancías.
- Documentación que compruebe el cumplimiento de las regulaciones o restricciones no arancelarias para la exportación.
- Especificaciones sobre la marca, el modelo, el número de serie o cualquier especificación técnica o comercial que se considere necesaria para identificar la mercancía.
La obligación de presentar la factura o de cualquier documento que exprese el valor comercial de las mercancías deberá cumplirse mediante la transmisión señalada en la regla 2.5.1. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018.
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