Transporte Internacional

18.07.2024

Aspectos del conocimiento de embarque: términos y condiciones en el transporte de mercancías

El conocimiento de embarque o bill of lading es un documento fundamental en el comercio internacional y nacional.

Sirve como prueba de recepción y carga a bordo de las mercancías, actuando como un contrato entre el remitente, el destinatario y el transportista. 

Por ejemplo, en el transporte marítimo, es emitido por la empresa naviera o el capitán del buque, acreditando la recepción o carga de las mercancías en las condiciones consignadas.  

En el transporte terrestre, el documento es emitido por la empresa transportista, sirviendo no solo para acreditar la recepción de la carga, sino también para atestiguar su entrega. 

Suelen emitirse dos o tres originales y varias copias para garantizar la correcta entrega y recepción de la carga.  

Los términos y condiciones del bill of lading rigen la relación comercial entre todas las partes involucradas en cualquier embarque. Por ello, es vital que tanto remitentes, destinatarios y transportistas conozcan a fondo lo que incluye este documento antes de iniciar un flete o embarque. 

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Condiciones del conocimiento de embarque 

En la carátula principal del formato del bill of lading marítimo se incluyen los INCOTERMS (términos internacionales de comercio).  

Los INCOTERMS son reglas que dividen los costos y responsabilidades en las transacciones comerciales internacionales entre el comprador y el vendedor.  

Estos términos reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías, estableciendo quién es responsable de los diferentes aspectos del envío, como el pago del transporte, seguro y despacho aduanero. 

En países como Estados Unidos y Canadá, los términos y condiciones del bill of lading pueden variar significativamente según las políticas internas de cada empresa transportista.  

En Estados Unidos, por ejemplo, se utiliza el Uniform Domestic Straight Bill of Lading, que incluye una cláusula conocida como la Sección 7. 

La Sección 7 

La Sección 7 del Uniform Domestic Straight Bill of Lading es una disposición que protege al transportista asegurando el pago de sus servicios.  

Esta sección estipula que tanto el destinatario (consignee) como el remitente (consignor) son responsables del pago del flete, a menos que el remitente haya firmado una sección específica en el bill of lading que exime esta responsabilidad. 

La Sección 7 permite que, si el destinatario no paga el importe del flete, el transportista pueda exigir el pago al remitente, incluso si el remitente no contrató directamente al transportista. 

Esto puede ser desfavorable para los usuarios del servicio de transporte, ya que el remitente podría verse obligado a pagar el flete si el destinatario no lo hace, independientemente de si el remitente contrató al transportista directamente o no. 

En el caso de México se deben revisar los términos de la Carta Porte  

En México, los transportistas suelen utilizar Cartas Porte que incluyen 14 cláusulas estándar, las cuales han permanecido prácticamente sin cambios durante décadas 

Sin embargo, es recomendable que los transportistas actualicen estos términos y condiciones para adaptarse a las necesidades y regulaciones actuales. 

El 30 de diciembre de 2005, el Diario Oficial de la Federación publicó una resolución que canceló la norma oficial mexicana NOM-125-SCFI-1998. Esta norma requería que los transportistas registraran su Carta de Porte (un contrato de adhesión) ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO). Con la cancelación de esta norma, ya no es obligatorio registrar la Carta de Porte ante PROFECO. 

Dado que la normativa ha cambiado, es aconsejable que los transportistas mexicanos consulten a un abogado para revisar y, si es necesario, modificar los términos de su Carta de Porte.  

Esto debe hacerse en cumplimiento con los requisitos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.  

Esta ley establece que, en ausencia de disposiciones expresas en la ley o en sus reglamentos, se aplicarán otras leyes y códigos relevantes, como la Ley de Vías Generales de Comunicación y los Códigos de Comercio Civil para el Distrito Federal en materia común, y para toda la República en materia federal. 

El bill of lading es una herramienta muy relevante en el transporte internacional de mercancías, regulando las relaciones entre remitentes, destinatarios y transportistas.  

Conocer sus términos y condiciones proporciona seguridad en las operaciones de comercio exterior.  

En Grupo Ei ayudamos a empresas exportadoras e importadoras a revisar y entender estos documentos para evitar problemas legales y financieros que repercuten en costos y pérdidas. Si necesitas asesoría no dudes en contactarnos.  

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