La Indicación Geográfica Protegida (IGP) es el tipo de certificado que se le da a la región de un lugar determinado o, en casos excepcionales, de un país.
Tiene la función de designar un producto agrícola o alimenticio con un lugar geográfico específico, así como cualidades y características particulares que se producen en dicha zona.
Mientras la DOP designa la denominación de un producto, cuya producción, transformación y elaboración deben tener lugar en una zona geográfica determinada, con una especialización reconocida y comprobada; la IGP indica el vínculo con el territorio en –al menos– una de las fases de producción.
El proceso para obtener la IGP es muy similar al que se debe realizar para adquirir la DOP. Para ambos trámites el producto debe ajustarse a un pliego de requisitos que deberá incluir los siguientes elementos:
La solicitud de registro sólo puede ser presentada por una agrupación de productores o de transformadores, o –excepcionalmente–, por una persona jurídica o física.
La solicitud de registro debe incluir:
El proceso para obtener dicha validación a nivel internacional, es el mismo que se realiza para solicitar el registro de la denominación de origen.
Cabe señalar que la denominación de origen no significa que el producto sea registrable en todo el mundo, sino únicamente en los países firmantes del Arreglo de Lisboa.
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