El nuevo decreto de IEPS que entró en vigor el 1 de enero de 2026 obliga a las empresas importadoras a ajustar procesos, declaraciones y sistemas. Si trabajas con tabacos, bebidas saborizadas, concentrados o productos con nicotina, necesitas preparar tu operación desde ahora. Una consultoría en comercio exterior puede ayudarte a interpretar los cambios y adecuar tu cumplimiento antes de la fecha límite.
A continuación, encontrarás una guía clara, directa y basada en el decreto publicado el 7 de noviembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación.
Para aplicar estas tasas correctamente, una consultoría en comercio exterior con Grupo Ei puede validar tus catálogos y reglas de cálculo.
El decreto reforma la Ley del IEPS e introduce:
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Producto |
Tasa |
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Cigarros |
200% |
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Puros y otros tabacos labrados |
200% |
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Puros hechos enteramente a mano |
32% |
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Otros productos con nicotina |
100% |
Además de la tasa del 200%, se integra una cuota por unidad que se aplica de forma gradual
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Año fiscal |
Cuota por cigarro |
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2026 |
$0.8516 |
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2027 |
$0.9197 |
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2028 |
$0.9932 |
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2029 |
$1.0726 |
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2030+ |
$1.1584 |
La correcta interpretación de cuotas graduales suele requerir apoyo especializado, como una consultoría en comercio exterior con Grupo Ei.
Las cuotas aplicables son:
En concentrados, jarabes o polvos, el impuesto se calcula según los litros de bebida que puedan obtenerse conforme a la especificación del fabricante.
De acuerdo con el artículo 13, no pagan IEPS:
Las empresas importadoras de bienes sujetos al IEPS deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
Registrar ante las autoridades fiscales la lista de precios de venta por cada producto, clasificado por marca y presentación, señalando precios al mayorista, detallista y precio sugerido al público. (Art. 19, fracción IV)
Informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el valor y volumen de los bienes importados, especificando el peso total de tabacos, la cantidad de cigarros o los miligramos de nicotina, según corresponda. (Art. 19, fracción IX)
Declarar bajo protesta de decir verdad el número de litros de bebida saborizada que se pueden obtener a partir de concentrados, conforme a las especificaciones del fabricante. (Art. 19, fracción XXIII)
Estas obligaciones implican ajustes en sistemas, catálogos de productos, documentación y flujo operativo. La correcta aplicación de estos cambios reduce el riesgo de multas y facilita el flujo de tus mercancías. Una consultoría en comercio exterior con Grupo Ei te ayudará a cumplir la ley sin contratiempos.
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Si necesitas apoyo en análisis técnico del decreto, interpretación fiscal o adecuación operativa, trabajar con una agencia aduanal como Grupo Ei te ayuda a reducir riesgos y asegurar cumplimiento desde el primer día de vigencia.
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Puede considerarse incumplimiento y derivar en auditorías o determinación presuntiva del impuesto.
Sí. El decreto establece que todas las entidades deben aceptar la traslación del IEPS.
Con base en los litros que puedan obtenerse conforme a especificación del fabricante, no por el volumen del envase original.
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El IEPS 2026 exige adecuar sistemas, declaraciones y cálculos antes del 1 de enero. Preparar tu operación ahora evita errores, multas y retrasos en importaciones. Por eso, en Grupo Ei, acompañamos a clientes en la correcta interpretación del decreto, la actualización de procesos y la integración del cumplimiento técnico-fiscal en su operación diaria.
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