Conoce las modificaciones a la TIGIE y cómo afecta a los permisos R8 para sensibles

16 de abril, 2020

El pasado 19 de marzo se cumplieron los 90 días para la entrada en vigor de la reforma a la TIGIE, en lo referente a las fracciones especiales creadas para el Capítulo 98, que se deriva de la publicación del DECRETO que modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación (LIGIE).

Este Decreto, publicado en el DOF, establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, y suma –al mismo tiempo– un nuevo Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Importación.

Así que dichas fracciones creadas (que van desde la 9802.00.26 a la 9802.00.38) comprenderán las mercancías sensibles de los distintos apartados del Anexo II del Decreto IMMEX en función de su UMT conforme a la fracción arancelaria correspondiente.

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Además, serán importadas al amparo de un Permiso de importación bajo la Regla 8va de las Reglas Complementarias del artículo 2 de la LIGIE, en cumplimiento de los Criterios y Requisitos que determine la Secretaría de Economía.

De igual manera, se han modificado las fracciones correspondientes al Capítulo 98, donde el requisito primordial es contar con PROSEC para poder efectuarlo de manera correcta. Este capítulo se refiere a:

  • La fracción 9802.00.12
  • La fracción 9802.00.13
  • La fracción 9801.00.20
  • La fracción 9801.00.23
  • La fracción 9801.00.25

Por otro lado, es importante tener en cuenta que, a la fecha, los criterios y requisitos para llevar a cabo estas operaciones no han sido dados a conocer por parte de la SE.

Estos deberán aparecer estipulados próximamente en “Criterios y Requisitos para otorgar Permisos Previos” en el Anexo 2.2.2 de las RYCCGMCE-SE.

 

Al día de hoy, no hay manera de instrumentar la gestión de Permisos Previos para las fracciones creadas o las modificadas.

 

Al respecto, el pasado 19 de marzo, la SE emitió un oficio dirigido al Administrador General de Aduanas, donde se manifiesta que los Permisos Previos que nos ocupan, se seguirán emitiendo conforme a las fracciones, criterios y requisitos vigentes hasta el 18 de marzo. También, los Permisos Previos expedidos seguirán vigentes en los términos que de igual forma fueron expedidos.

En Grupo Ei, estaremos pendientes a la publicación por parte de la Secretaría de Economía, donde se describen los criterios y requisitos aplicables descritos en la Regla 8va.

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