El pasado 1 de mayo de 2021, el SAT emitió a través de su portal los detalles del nuevo complemento Carta Porte, el cual se ha incorporado al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo traslado.
Este nuevo complemento entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2022, y todas las empresas deberán emitirlo correctamente para acreditar la posesión de mercancías.
Los dos aspectos más importantes del nuevo complemento:
- Este nuevo complemento Carta Porte se incorpora al CFDI de tipo de traslado para acreditar la posesión de mercancías, así como la procedencia y el destino de las mismas, a través de los diferentes tipos de transporte.
- Por otro lado, todos los contribuyentes que brindan servicios de traslado de mercancías, mediante distintos medios de transporte, deben emitir un CFDI de tipo ingreso, incorporando el complemento Carta Porte.
A través de este documento, las empresas serán capaces de amparar la posesión legal de las mercancías.
Analicemos dos escenarios comunes. Por ejemplo: 👇🏻
Si eres una empresa dedicada al traslado de bienes o mercancías, debes emitir el CFDI de tipo de traslado con el complemento de Carta Porte, ya que mediante este archivo podrás acreditar la tenencia y el traslado de tus bienes y mercancías.
Ahora, ¿qué pasa si funges como intermediario o agente de transporte en un traslado de bienes o mercancías?
En estos casos se debe emitir un CFDI de tipo traslado con el complemento Carta Porte y usar éste o su representación impresa para acreditar el transporte de las mercancías.
En resumen: 👇🏻
- Debes emitir un un CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte cuando brindes servicios de traslado de bienes o mercancías por cualquiera de los medios de transporte.
- Debes emitir un CFDI de tipo traslado previo a iniciar éste, si es que eres propietario de la mercancía o de los bienes y éstos se trasladan por medios propios. De igual manera, cuando eres un intermediario o agente de transporte autorizado por el dueño de la mercancía.
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