El pasado 28 de septiembre se dio a conocer la versión final del Anteproyecto de Normas Oficiales, en el cual se elimina la posibilidad para los importadores de utilizar cartas de NO comercialización para exceptuar el etiquetado de productos.
Lo cual implicó que todas las empresas que importan mercancía y aplicaron el beneficio de esas cartas antes del 1 de octubre (cuando entró en vigor el Anteproyecto) de cualquier manera debían cumplir con el etiquetado de información comercial.
Además, si llevabas a cabo el procedimiento simplificado para importar mercancía en la franja fronteriza también deberás cumplir con las normas correspondientes ante la autoridad aduanera.
En el siguiente video te explicamos a detalle:
Como puedes ver, debido a esos casos, el Anteproyecto propone modificar las formas de cumplimiento en el etiquetado de productos. Por eso, hoy te explicaremos cómo hacerlo correctamente bajo tres esquemas:
- Etiquetar en aduana.
- Vía UVA.
- Vía PROSEC.
Comenzamos: 👇🏻
Etiquetar en aduana
Para cumplir con el correcto etiquetado en aduana es necesario conseguir proveedores confiables. Lo cual implica que deben tener un gafete para entrar a la aduana/terminal (lo cual actualmente es bastante complicado, pero no irrealizable).
Esta opción, si bien puede realizarse, ahora no es muy recomendable por temas de cuidado en la mercancía, así como para optimizar tiempos y costos.
Por medio de UVA
Si destinas tu mercancía al régimen de depósito fiscal, podrás cumplir con los requisitos de etiquetado en un Cumplimiento de Almacén General de Depósito (AGD) acreitado y aprobado como UVA.
Deberás:
- Adjuntar al pedimento de importación, copia de contrato con el AGD, en el que se indique el nombre, domicilio de la bodega en la que permanecerán las mercancías, RFC y clave de acreditación del almacén.
- Declarar en el pedimento el folio de contrato.
- Cumplir con los requisitos de etiquetado en el AGD.
También puedes trasladar tus mercancías importadas a un domicilio particular donde una UVA llevará a cabo la verificación del cumplimiento de etiquetado.
Para ello, deberás:
- Estar inscrito y activo en el padrón de importadores y tener una antigüedad mayor de dos años.
- Haber importado mercancías con valor de 100 mil USD, durante los 12 meses anteriores a la fecha de la operación.
- Adjuntar al pedimento de importación, copia del formato con la UVA, en el que se indique: folio del contrato, clave de identificación de la UVA, fecha programada para la verificación y domicilio donde se encuentra la mercancía.
Vía PROSEC
Para hacerlo mediante esta vía se deberá realizar una solicitud de registro al SAT y presentar ante Ventanilla Digital de Comercio Exterior (VUCEM) el trámite con los siguientes requisitos:
- Llenar el formato SE-03-023 y 24 de solicitud de autorización o ampliación de programas Prosec.
- Original y copia certificada del Acta constitutiva y Poder Notarial.
- Copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Original y copia del documento que acredite la posesión legal del inmueble donde se llevarán a cabo los procesos productivos (+ fotos).
- Fe de hechos emitida por fedatario público, a efecto de que la autoridad constate que el solicitante cuenta con la infraestructura necesaria para realizar los procesos productivos declarados.
Una vez que la solicitud sea exitosa se generará un folio de 24 dígitos. Asimismo, la resolución de autorización de programa o ampliación de sector será emitida en un plazo máximo de 15 días hábiles.
En Grupo Ei ayudamos a nuestros clientes a estar actualizados en este tipo de procesos, de esa manera pueden cumplir y realizar correctamente sus operaciones.
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