¿Cómo se aplica el complemento Carta Porte en el transporte federal, marítimo, aéreo y ferroviario?

19 de agosto, 2021

Hay que recordar que desde el 1 de junio del 2021, todas las empresas deben emitir un CFDI para acreditar la posesión de mercancías.

👉🏻 En las siguiente infografía puedes ver cuándo debes emitir un CFDI de traslado y cuando uno de tipo ingreso en el complemento Carta Porte:

 tipo-cfdi-complemento-carta-porte

 

Por otro lado, hay casos específicos en donde cambian un poco los requerimientos que exige la autoridad.  

A continuación, te presentamos algunas cosas que debes saber y cómo aplicar correctamente el complemento Carta Porte en cada vía de transporte de acuerdo con las especificaciones que ha publicado el SAT.

Comencemos con el autotransporte federal…

Para emitir correctamente el complemento debes considerar especificar:

  •   Los datos del chofer o choferes u operadores que tengan a su cargo las unidades de transporte.
  •   Necesitas añadir el permiso de autotransporte y el número de permiso proporcionado por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT).
  •   Si te dedicas al traslado de bienes o mercancía vía terrestre es necesario que cuentes con un seguro que garantice el traslado y registraro en el CFDI.
  •   Si trasladas diferentes bienes o mercancías a un mismo destino, pero de diferentes propietarios, deberás emitir un CFDI con complemento Carta Porte por cada servicio prestado a cada uno de las o los clientes.

En el caso del transporte marítimo…

  Cuando trasladas bienes y mercancías por esta vía, no es necesario que tengas un permiso emitido por la SCT para la expedición del CFDI, ya que esta información puede ser opcional.
  •   También es opcional registrar la información de alguna póliza de protección o indemnización por responsabilidad civil de la embarcación. Sin embargo, dependiendo de las disposiciones legales, es posible que debas hacerlo.
  •   Debes registrar el número de matrícula de la embarcación.
  •   Deberás contar con el número de identificación asignado por la Organización Marítima Internacional (OMI) y añadirlo al CDI en el complemento Carta Porte.
  •   Debes conocer y registrar en el CFDI la nacionalidad de la embarcación.
  •   Tienes que registrar los datos del agente naviero (su nombre y número de registro de autorización como agente naviero consignatario por la SCT).

En transporte aéreo…

  •   Es necesario contar con un permiso proporcionado por la SCT para registrarlo en el CFDI que se incorpora al complemento Carta Porte.
  •   Deberás registrar el número de guía en el CFDI.
  •   No es necesario registrar en el CFDI los datos del lugar donde se realiza el contrato, pero en caso de conocerlo es bueno capturarlo para brindar mayor certidumbre a la o el cliente.

Y en el transporte ferroviario…

  •   Si eres concesionario autorizado para el traslado de bienes o mercancías por vía férrea, no es necesario registrar el número de permiso emitido por la SCT.
  •   Los datos del seguro que cubren los riesgos para el traslado de bienes son opciones en el CFDI, pero deben registrarse siempre y cuando las disposiciones legales en materia lo dispongan.
  •   Deberás registrar en el CFDI los derechos de paso que se pagaron durante el viaje de las vías en las que no eres concesionario.
  •   Si el traslado de los bienes o mercancías se llevan a cabo mediante un concesionario diferente, se deben registrar los nodos de ubicación para identificar el origen y destino, así como el registro de cuatro puntos intermedios que se ubican dentro de la distancia recorrida.

Si requieres asesoramiento, no dudes en contactarnos para que veas cómo podemos ayudarte a optimizar tus operaciones.

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