Certificado de origen: conoce las preguntas frecuentes que nuestros clientes nos han hecho

19 de diciembre, 2022

Hay que recordar que desde el 2020 entró en vigor el T-MEC, y dentro de los tratados o acuerdos comerciales más importantes fue la modernización del certificado de origen.

Para explicarlo a fondo, el equipo de Grupo Ei realizó un webinar para nuestros clientes hace algunos meses como parte del servicio de asesoría y consultoría en comercio exterior, donde se mostraron los cambios más relevantes.

Entre ellos, se habló de la posibilidad de adquirir aranceles preferenciales, la eliminación del formato oficial, así como los datos mínimos que deberá contener la certificación de origen.

<<¿Quieres saber cómo obtener aranceles preferenciales con el t-mec?>>

En esta ocasión, te presentamos las preguntas más relevantes que salieron del webinar, y que seguro te ayudarán a resolver algunas dudas puntuales que tal vez tengas acerca de la certificación de origen.

1.- Si en el certificado de origen del TLCAN no se usaba la dirección, y bastab arrow-taba con poner “Same” o “Various”, ¿en el T-MEC se utilizará la información completa?

En el listado de los datos obligatorios que deberá contener la certificación está el de productor, en el cual se hace la siguiente aclaración: si son varios, se podrá poner esta palabra o bien, poner que se proporcionará la información a solicitud de la autoridad.

2.- Respecto a los costos de manufactura, las plantas deben pagar al menos 16 USD por hora, ¿aplicará también en México el costo de producción?

3.- ¿Son válidos los certificados emitidos con el DBA del exportador?

4.- ¿Qué pasará con los formatos TLCAN actuales que están vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020?

5.- Como exportador, ¿se pueden expedir certificados o se tendría que pedir a los proveedores que compartan sus certificados?

6.- ¿No se podrá aplicar una preferencia arancelaria si el valor de la factura es menor a 1,000 USD?

7.- Para pedir la certificación de un producto, ¿se puede hacer ante una dependencia gubernamental?

8.- Para el caso de las industrias fuera de la automotriz, ¿cómo aplicaría la regulación de certificación para acero, aluminio y cobre?

9.- ¿Qué tipo de datos deberían asentarse en la factura?

10.- Si el proveedor envía la mercancía desde Estados Unidos, ¿debe enviar la certificación en español?

11.- ¿En qué consiste la certificación electrónica?

12.- ¿El formato es libre?

13.- Actualmente se declara la fracción a nivel subpartida, ¿continuará de esa manera

14.- ¿Qué sucede con el DTA, se sigue pagando?

15.- ¿Ahora se empezará a utilizar VCR en vez de cambio de clasificación arancelaria?

16.- ¿El capítulo laboral es aplicable para cualquier certificación o únicamente para la industria automotriz?

17.- Si el formato de certificado para T-MEC es libre, entonces, ¿se puede usar como plantilla el actual certificado del TLCAN o qué le faltarían aparte del correo electrónico?

18.- ¿Se tienen que archivar las certificaciones en original o también se pueden guardar en electrónico?

19.- Sobre el pago de 16 USD por hora, ¿México también cumplirá con este requisito en cuanto entre en vigor el tratado para productos originarios de México?

20.- ¿La certificación de origen es independiente de que se pueda usar un documento de origen?

21.- Como importadores, ¿se requiere tener esa información de los proveedores?

22.- ¿Se puede usar el formato anterior revisando que cumpla con las reglas nuevas?

23.- ¿Se podrá aplicar a posteriori como en el TLCAN?

24.- ¿Las facturas emitidas por las IMMEX podrán funcionar para la certificación de origen con leyenda hasta después de 3.5 años?

25.- ¿Cómo van a emitir la certificación de origen las IMMEX si se usa una factura de anexo 24?

26.- ¿Cómo se verá reflejado este cambio en el pedimento, ya sea como identificador o en observaciones?

27.- ¿Los certificados anuales 2020 del TLCAN se podrán seguir empleando?

28.- ¿Qué otros documentos se pueden certificar para aplicar la preferencia?

29.- ¿Seguirá siendo no obligatorio presentar la certificación de origen T-MEC firmado para el despacho?

En Grupo Ei, contamos con la capacitación para brindar asesoría y consultoría en comercio exterior, necesaria para ayudar a nuestros clientes a aumentar sus oportunidades e incrementar la eficiencia en sus operaciones.

Te invitamos a seguir leyendo:  

Gracias a lo anterior, hemos podido asesorar a nuestros clientes en esta transición referentes a la certificación de origen y con ello, ofrecer servicios de logística internacional eficientes y de gran valor. ¡Te invitamos a conocer todos nuestros servicios!

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1.- Si en el certificado de origen del TLCAN no se usaba la dirección, y bastaba con poner “Same” o “Various”, ¿en el T-MEC se utilizará la información completa?

En el listado de los datos obligatorios que deberá contener la certificación está el de productor, en el cual se hace la siguiente aclaración: si son varios, se podrá poner esta palabra o bien, poner que se proporcionará la información a solicitud de la autoridad.

2.- Respecto a los costos de manufactura, las plantas deben pagar al menos 16 USD por hora, ¿aplicará también en México el costo de producción?

Este requerimiento aplicará a los países firmantes, y este influirá en el porcentaje a cumplir del valor de contenido laboral.

3.- ¿Son válidos los certificados emitidos con el DBA del exportador?

Sí, además de la base de datos con toda la información, se debe contar con los documentos que sustenten dicha información y con la declaración o certificación del productor, es decir, si es válido el certificado.

4.- ¿Qué pasará con los formatos TLCAN actuales que están vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020?

A partir del 1 de julio de 2020 se tendrá que utilizar la certificación con los requisitos establecidos en el T-MEC. Los formatos del TLCAN sólo fueron válidos hasta el 30 de junio de 2020.

5.- Como exportador, ¿se pueden expedir certificados o se tendría que pedir a los proveedores que compartan sus certificados?

Si es exportador y cuenta con toda la documentación de respaldo para expedir la certificación de origen lo podrá hacer.

6.- ¿No se podrá aplicar una preferencia arancelaria si el valor de la factura es menor a 1,000 USD?

La preferencia arancelaria se podrá aplicar sin contar con la certificación, si su mercancía no excede los 1,000 USD, pero debe considerar que aún así, deberá contar con toda la documentación que soporte el origen de la mercancía o que la autoridad puede pedir la certificación por parte del productor o exportador.

7.- Para pedir la certificación de un producto, ¿se puede hacer ante una dependencia gubernamental?

Será una certificación expedida sin la aprobación de alguna autoridad, pero en cualquier momento podrá ser requerido para que presente la documentación que soporte el origen de la mercancía.

8.- Para el caso de las industrias fuera de la automotriz, ¿cómo aplicaría la regulación de certificación para acero, aluminio y cobre?

La certificación de origen es la misma, pero se deben de revisar las reglas de vcr de acuerdo a la fracción del producto

9.- ¿Qué tipo de datos deberían asentarse en la factura?

Si la intención es utilizar la factura como certificación, ésta deberá contener los requisitos establecidos en el T-MEC.

10.- Si el proveedor envía la mercancía desde Estados Unidos, ¿debe enviar la certificación en español?

Puede ser en inglés, pero deja en libertad a las autoridades de los países a donde se envía la mercancía para solicitar la traducción si lo consideran necesario.

11.- ¿En qué consiste la certificación electrónica?

Las partes promoverán la implementación de la certificación electrónica y otras tecnologías que faciliten el comercio.

12.- ¿El formato es libre?

Sí, la certificación se podrá expedir en formato libre, pero cumpliendo con los requisitos establecidos en el t-mec.

13.- Actualmente se declara la fracción a nivel subpartida, ¿continuará de esa manera?

Se debe revisar la fracción específica para confirmar que se contemple de la misma forma.

14.- ¿Qué sucede con el DTA, se sigue pagando?

Es muy probable que se aplique el mismo esquema que en el TLCAN, donde si toda la mercancía importada en la operación era originaria, el pago del DTA se exime.

15.- ¿Ahora se empezará a utilizar VCR en vez de cambio de clasificación arancelaria?

Se debe revisar la fracción específica para confirmar que se contemple de la misma forma.

16.- ¿El capítulo laboral es aplicable para cualquier certificación o únicamente para la industria automotriz?

Aplica a la industria automotriz.

17.- Si el formato de certificado para T-MEC es libre, entonces, ¿se puede usar como plantilla el actual certificado del TLCAN o qué le faltarían aparte del correo electrónico?

Sí se puede usar el formato de TLCAN como base.

18.- ¿Se tienen que archivar las certificaciones en original o también se pueden guardar en electrónico?

El archivo puede ser en original o electrónico dependiendo como se haya emitido.

19.- Sobre el pago de 16 USD por hora, ¿México también cumplirá con este requisito en cuanto entre en vigor el tratado para productos originarios de México?

Este requerimiento aplica a todos los países firmantes y este influirá en el porcentaje a cumplir del valor de contenido laboral.

20.- ¿La certificación de origen es independiente de que se pueda usar un documento de origen?

Correcto, esta certificación es aplicable para preferencia, sin embargo, de no aplicar preferencia en base a T-MEC se deben usar documentos de origen para efectos de cuotas compensatorias.

21.- Como importadores, ¿se requiere tener esa información de los proveedores?

Toda la información mencionada la deberá conservar la persona que emita la certificación para cuando la autoridad lo requiera.

22.- ¿Se puede usar el formato anterior revisando que cumpla con las reglas nuevas?

Si es posible utilizarlo, adecuándolo a los requisitos que se establecen en el T-MEC

23.- ¿Se podrá aplicar a posteriori como en el TLCAN?

Se tienen cuatro años para utilizar y aplicar preferencia, años contados a partir de la firma de la certificación.

24.- ¿Las facturas emitidas por las IMMEX podrán funcionar para la certificación de origen con leyenda hasta después de 3.5 años?

Sólo si actúan como exportador, y mientras cumplan los requisitos.

25.- ¿Cómo van a emitir la certificación de origen las IMMEX si se usa una factura de anexo 24?

La certificación expedida como productor o exportador tendrá validez, siempre y cuando cumpla con los requisitos que se establecen en el T-MEC.

26.- ¿Cómo se verá reflejado este cambio en el pedimento, ya sea como identificador o en observaciones?

Aún no se publican los cambios en el anexo 22 respecto a los identificadores a utilizar.

27.- ¿Los certificados anuales 2020 del TLCAN se podrán seguir empleando?

A partir del 1 de julio ya no tienen validez los certificados en el formato oficial del TLCAN, por lo que será necesario contar con la certificación con los requisitos que se señala en el T-MEC.

28.- ¿Qué otros documentos se pueden certificar para aplicar la preferencia?

En la factura o cualquier otro documento comercial, lista de empaque, mientras cumplan con los requisitos.

29.- ¿Seguirá siendo no obligatorio presentar la certificación de origen T-MEC firmado para el despacho?

De momento sí debe considerarse que va a presentarse a despacho, en tanto las reglas no permitan lo contrario.