Lo primero que hay que tener bien claro es que las operaciones virtuales sólo se aplican a las empresas que están dentro del Programa para la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), el cual básicamente permite realizar transferencia de mercancías sólo con documentos y facturas.
Así es, el programa, y las operaciones virtuales, brindan la posibilidad de que la mercancía no pase por una aduana física, y al mismo tiempo pueda cumplir con las regulaciones correspondientes.
De acuerdo con la Secretaría de Economía, este instrumento sirve para:
“Fortalecer la competitividad del sector exportador mexicano, y otorgar certidumbre, transparencia y continuidad a las operaciones de las empresas, precisando los factores de cumplimiento y simplificándolos; permitiéndoles adoptar nuevas formas de operar y hacer negocios; disminuir sus costos logísticos y administrativos; modernizar, agilizar y reducir los trámites, con el fin de elevar la capacidad de fiscalización en un entorno que aliente la atracción y retención de inversiones en el país”.
Además, este programa brinda la posibilidad a las empresas de importar temporalmente libre de impuestos y de IVA.
👉🏻 Algo que puede ser necesario cuando los bienes –o la mercancía– será utilizada en un proceso industrial o servicio destinado a la elaboración, transformación o reparación de otras mercancías provenientes del extranjero.
Los bienes que pueden verse beneficiados se clasifican en las siguientes categorías:
- Materias primas que van desde partes y componentes hasta combustibles, lubricantes o envases, empaques, etiquetas y folletos.
- Contenedores y cajas de trailers.
- Maquinaria, equipo, moldes, refacciones, instrumentos o herramientas; además de equipo y aparatos para el control de contaminación o que vayan destinados a algún tipo de investigación o capacitación, de seguridad industrial, de telecomunicación y cómputo, de laboratorio, de medición, de prueba de productos y control de calidad; así como aquéllos que intervengan en el manejo de materiales relacionados directamente con los bienes de exportación y otros vinculados con el proceso productivo; así como equipo para el desarrollo administrativo.
5 puntos para considerar: 👇🏻
Por otro lado, cuando se habla de este tipo de operaciones siempre surgen dudas frecuentes; preguntas que marcan la diferencia entre efectuar este trámite adecuadamente o fallar en el intento (entendiendo que fallar en el intento implica acumular costos indeseables).
A continuación, te presentamos 5 puntos que debes conocer para efectuar estas operaciones de manera correcta:
- Existen dos maneras distintas de presentar los pedimentos; en retorno, a nombre de la empresa que transfiere las mercancías y en importación temporal, de introducción a depósito fiscal o a recinto fiscalizado estratégico.
- Pueden presentarse pedimentos consolidados semanales o mensuales; además de que se permite la presentación extemporánea de los pedimentos; sin embargo, lo anterior genera una multa que oscila entre los 2 mil y 3 mil pesos con reducción del 50 por ciento.
- Existen restricciones de peso, ya que el pedimento únicamente puede amparar las mercancías trasladadas en un vehículo. El peso no podrá ser mayor a 25 toneladas y en doble semirremolque se puede amparar en un máximo de 50 toneladas.
- Está permitida la transferencia de franja o región fronteriza, y sólo podrán ser transferidas a otras IMMEX, a empresas de la industria automotriz o a personas autorizadas para destinar mercancías en el régimen de recinto fiscalizado estratégico.
- También se pueden cambiar de régimen las mercancías transferidas siempre y cuando se cumplan con las reglas 1.6.7 y 1.6.9 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE).
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Por supuesto, este tipo de operaciones evitan completamente el proceso que se debe llevar a cabo en un despacho aduanero; sin embargo, sus reglas, especificaciones y tipo de mercancía destinada –y beneficiada– con este programa contiene el mismo objetivo: que tus procesos logísticos sean efectivos.
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