¿Cuáles fueron las modificaciones al Anexo de NOMs? (Parte 5)

17 de octubre, 2019

Hemos llegado a la quinta parte de esta serie de artículos donde analizamos las modificaciones al Anexo 4.2.1 o Anexo de NOMs, y hoy le toca el turno a la 3ra opción para el cumplimiento de estas normas en el punto de entrada del país: los certificados que amparan partes de un producto final.

Anteriormente ya hemos mencionamos que existen cuatro alternativas para el cumplimiento de las NOMs de seguridad, y en cada artículo hemos explicado a fondo cada una de ellas.

Así que… sin más preámbulos, te invitamos a ver el siguiente video donde podrás conocer en qué consisten los certificados que amparan partes de un producto final y bajo qué condiciones o criterios puedes obtenerlos:

 

Cabe destacar que estos certificados son muy importantes para todos los importadores que llevan a cabo operaciones y transportan su mercancía en partes que componen un producto final.

Además, cada una de estas partes debe ser aprobada y estar sujeta a las normas arancelarias correspondientes. Así que para obtenerlos sólo debes cumplir con dos condiciones:

  • Que todas tus piezas, partes y componentes vengan listados en el certificado, junto con las fracciones arancelarias correspondientes.
  • Que todas tus piezas partes y componentes correspondan a la misma NOM de seguridad objeto del certificado.

Por otro lado, también es importante que recuerdes lo siguiente:

Todas estas piezas, partes o componentes se pueden presentar a despacho aduanero por separado, siempre y cuando el Organismo Certificador haya transmitido la información correspondiente para cada una de las fracciones arancelarias listadas en el certificado NOM de seguridad.

 

No te pierdas nuestras publicaciones porque próximamente publicaremos la última parte de esta serie de artículos, donde explicaremos la última opción que tienes para el cumplimiento de las NOMs de seguridad en el punto de entrada del país: las mercancías no susceptibles de certificarse en lo individual.

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